Canal YouTube PantallasAmigas

Mostrando entradas con la etiqueta legislación. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta legislación. Mostrar todas las entradas

martes, 7 de abril de 2009

El sexting llega a Internet

La irrupción en EEUU del fenómeno del sexting - el envío de menores mediante el móvil de fotografías suyas de alto contenido sexual como "flirteo" - ha desatado el debate conforme los casos han aumentado considerablemente. En EEUU, el intercambio de material fotográfico sexual en el que estén incluídos menores entra en la categoría de pornografía infantil. Muchas de esas fotografías acaban en las redes sociales en Internet.

Este último es el caso de dos menores de 13 años de Pennsylvania que se hicieron fotos en una fiesta y que afrontan cargos de pornografía infantil. El fenómeno del sexting se extiende. Una reciente encuesta del National Campaign to Prevent Teen Pregnancy (Campaña nacional para la prevención del embarazo prematuro) revela que uno de cada cinco adolescentes admite haber enviado fotografías explícitas suyas. En otro editado por wiredsafety.org, un 44% de los menores afirma haber recibido o visto en el móvil fotografías de menores desnudos.

"Las leyes son o bien muy laxas o muy rigurosas", dice Perry Aftab, fundadora de wiredsafety.org. "imputamos a los menores cargos de pornografia como si fueran acosadores -que lo serán si acaban siendo procesados - o pretendemos afrontar un fenómeno con leyes que no fueron elaboradas para ello".

La American Civil Liberties Union (ACLU), se mostró en contra de incluir el sexting como ciberdelito, a raiz de la imputación a 20 menores de una escuela superior en Tunkhannock. Un representante prefiere ceñir este fenómeno al de "estupidez de pre adolescente".

Al mismo tiempo que el sexting se convierte en un hábito, también crece el porcentaje de menores que ha tenido una mala experiencia. A pesar de que el 65 de niñas menores y el 60 de varones menores piensan que el sexting es un "divertido flirteo", un 70% reconoce que puede acarrerar serias consecuencias en el futuro.


Fuente: features.csmonitor.com

lunes, 12 de enero de 2009

Los ciberdelitos, el mayor riesgo en Internet

Para Ofelia Tejerina, miembro de la Asociación de Internautas, los principales riesgos de Internet son la larga lista de ciberdelitos, que al igual que en la vida real, tienen sus consecuencias penales o civiles. tejerina explica los ciberdelitos más frecuentes que se dan en las redes sociales, los chats o a través del correo electrónico.


Conductas delictivas más habituales en la Red.

Las amenazas surten un efecto intimidatorio más grave cuando se realizan a través de Internet, bien por la publicidad que se le de, bien por el simple hecho de hacerse por escrito, y el autor debe saber que, cuando advierte a otra persona que le va a causar un mal, puede encontrarse con una sanción penal de prisión de tres meses a un año. Si además exige algo a cambio, e incluso amenaza con cometer un delito si no se hace, entonces la sanción puede llegar a ser hasta de cinco años de prisión.

Las injurias,
los insultos y comentarios vejatorios contra otra persona, son más graves cuando se hacen en público (Internet da esa publicidad, por ejemplo en un chat), y eso significa que puede ser también más grave la multa económica con que se suelen sancionar estas conductas que pueden llegar a ser cifras muy, muy, elevadas. Y si se trata de calumnias, acusando falsamente a otro de haber cometido un delito, a sabiendas de que no es tal, puede llegar incluso a sancionarse con la pena de prisión de dos años.

Entre los delitos de opinión, también podemos citar la apología del terrorismo, o la incitación a la comisión de otros delitos, conductas que también pueden ser sancionados con penas de prisión, si se cometen a través de Internet.

Los delitos contra la intimidad se circunscriben generalmente a tratamientos de datos personales de terceros sin su consentimiento, con ánimo de perjudicarles, ya sea difundir su teléfono o domicilio, ya sea difundir su fotografía o conversaciones privadas, pudiendo incurrirse incluso en sanciones de prisión de hasta dos años y, si con ello se revelan aspectos de su intimidad (“descubrimiento y revelación de secretos”), con penas de prisión de hasta cuatro años.

Entre los más graves, están los delitos contra la libertad sexual, que van desde el mero acoso hasta el exhibicionismo o la provocación sexual y, que toman su expresión más grave cuando de uno u otro modo afecta a menores. En este sentido, hay especial sensibilidad respecto de los supuestos de posesión, elaboración o difusión de pornografía infantil. Internet es un medio que puede facilitar la sensación de impunidad del autor de este tipo de delitos, y esto es una ventaja, pues aún así, cada día son detectadas redes completas de pederastas que, de otro modo, de no haber dejado su rastro en Internet, tal vez sólo nunca serían localizado físicamente un número reducido de implicados y no se les podría aplicar las penas de prisión que habitualmente conllevan este tipo de conductas.

Por otra parte, los delitos contra el patrimonio, aquellos que pretenden daños de naturaleza más bien económica, como los daños informáticos (por ejemplo saltarse los dispositivos de seguridad de una institución pública, aunque se limite a una cuestión de orgullo y prueba de valía del propio autor), castigado con penas de prisión de hasta tres años; los delitos contra la propiedad industrial, por ejemplo, la venta de productos de marca falsificados por Internet y, los delitos contra la propiedad intelectual, cuando se realizan en el marco de una actividad comercial, que pueden llegar a ser sancionados con penas de hasta dos años de prisión.

Sin embargo, los más graves y frecuentes, son las llamadas “estafas informáticas”, que se suelen producir mediante engaños al internauta con promesas de recompensas, de comisiones, de premios. En otros casos, simplemente suplantan la identidad de un banco, de una empresa que ofrece trabajos poco habituales del vendedor de un coche “chollo”, etc. Las estafas se castigan con penas de prisión de hasta tres años y, en todo caso, se evitan con la prudencia (por ejemplo contrastando la información antes de actuar)



Fuente: internautas.org

martes, 16 de diciembre de 2008

Los filtros para menores en los cibercafés reducen riesgos en Internet

Aunque los padres se esfuercen en poner filtros para que los menores no accedan desde casa a contenido pernicioso en Internet, éstos pueden acceder a la red a través de cibercafés donde hasta ahora no existían restricciones.

Los cibercafés en la comunidad valenciana deberán contar con filtros de acceso a Internet para los menores o restringir su entrada al local. Es una de las medidas que incluye la Conselleria de Gobernación de Valencia en el borrador de la reforma de la Ley de Espectáculos.

Los locales tendrán que establecer filtros para que los menores no puedan consultar determinadas páginas web con contenidos para adultos. Entre ellas, figuran las de carácter pornográfico, pero también aquellas que puedan incitar a la violencia o la xenofobia.

Una de las fórmulas para la aplicación de esta medida sería la de destinar cierto número de ordenadores para menores. Estos podrían ubicarse en un espacio diferenciado dentro del local. Los establecimientos, no obstante, siempre pueden optar por prohibir el acceso a los más jóvenes y de esta forma no establecer límites a la consulta de webs.

El responsable autonómico explicó que, "al igual que se hace en el cine" o en las discotecas, es necesario "graduar" la entrada a los "cibercafés " para "proteger" a los menores de edad. El conseller de Gobernación Serafín Castellano explicó que "no es lógico que si unos padres controlan en su casa que su hijo no entre a determinadas webs, no puede ocurrir que lo hagan con total libertad en estos locales".

El refuerzo de estas medidas de seguridad persigue lograr la protección del menor en un espacio que hasta la fecha carecía de legislación.


Meses en ver la luz
La modificación de la Ley de Espectáculos, donde se incluye este apartado, no obstante, todavía tardará varios meses en ver la luz. Los empresarios recibieron ayer el borrador. Será en otra reunión, que se celebrará antes de Fallas, cuando aporten sus ideas o pidan modificaciones en algunos apartados. Una vez revisada, se iniciará el trámite parlamentario.

Con la modificación ya aprobada, serán los agentes los que se encarguen del cumplimiento de la ley. Así, se harán inspecciones en las que se compruebe que o bien los ordenadores están limitados o que no hay menores en el local.

En caso contrario se aplicarán las correspondientes sanciones, según la Conselleria. Dependiendo de la gravedad, la sanción puede ir desde 601 euros hasta 30.000 euros. Las más graves pueden alcanzar incluso el doble de esta cantidad.


fuente: lasprovincias.es

miércoles, 3 de diciembre de 2008

Los delitos en Internet se trasladan a las redes sociales

Los delitos en Internet, especialmente, los referidos a la explotación sexual infantil, se han trasladado a zonas más difíciles de rastrear en la red, tales como los grupos de noticias y las redes sociales, de acuerdo a los expertos.

Aunque países como Brasil y Rusia han avanzado en la lucha contra la explotación infantil, cerca de 80 países no poseen leyes específicas contra la pornografía infantil y lugares como Panamá han emergido como el oasis de este tipo de delitos.

"Esta evolucionando pero no se está deteniendo", dijo Ethel Quayle, profesora de psicología en la Universidad de Edimburgo, especializada en la materia.

Quayle fue una de los 3.000 delegados en el Congreso mundial contra la explotación de niños y adolescentes realizado en Río de Janeiro la semana pasada, con apoyo de la ONU, el que culminó con un llamado para que los países mejoren su cooperación contra el abuso en línea.

El organismo británico Internet Watch Foundation (IWF), que monitorea la pornografía infantil en línea, advirtió en el 2006 que las imágenes de abusos violentos se habían cuadriplicado desde el 2003 y sostuvo que cada vez son más frecuentes escenas extremas, tales como la violación de menores.

En su estudio anual del 2007, el organismo explicó que ha habido señales de victoria en la lucha contra ese tipo de sitios, con una disminución de un 10 por ciento durante el mismo año.

Lars Loof, jefe de la unidad infantil del consejo de Estados del Mar Báltico, dijo que ahora tan sólo hay 300 sitios en el mundo donde se da abuso infantil.

Fuente: lta.reuters.com

lunes, 1 de diciembre de 2008

Menores y ciberdelitos, una realidad evitable

La evolución de Internet, con nuevas aplicaciones y servicios y un ancho de banda adecuado para los contenidos audiovisuales, ha cambiado el papel de los “navegantes”. Ahora somos protagonistas activos y, como tales, responsables de nuestras acciones y ediciones. Artículo de Jorge Flores, coordinador del proyecto PantallasAmigas.

Los ciberdelitos: una nueva realidad

La actualidad cotidiana nos trae sucesos ilícitos que relacionan adolescentes y su actividad online. En muchos casos tienen que ver con el ciberbullying o ciberacoso (amenazas, injurias…) pero hay una abundante y variada casuística: delitos contra la intimidad, estafas, daños por intrusión en sistemas ajenos, distribución de pornografía infantil. Y si es bien cierto que siempre han podido darse conductas ilícitas entre los adolescentes, la forma, disponibilidad, variedad y alcance de las que ahora estamos presenciando poco o nada tienen que ver con realidades anteriores.

Desde su propia habitación pueden cometer un delito grave, incluso sin pretenderlo o sin ser conscientes de ello, en apenas 20 segundos. Por ejemplo, las amenazas que se vertieron en el fotolog del menor supuestamente implicado en el asesinato de la adolescente de Ripollet. Tuve ocasión de acceder a él horas antes de su clausura, como hicieron miles de adolescentes que, soliviantados, cometieron el delito de amenazar, de muerte en muchos casos. Al delito de amenaza le acompañan en este caso dos agravantes: hacerlo por escrito y por un medio que dificulta su identificación. Sacando este mismo comentario en una clase de cuarto de secundaria, pude observar dos cosas:

No les es fácil asimilar que la Ley se aplica en todo lugar y caso, también a los menores, también en la Red. Les cuesta asimilar que las leyes son iguales para los menores y para los mayores (aunque las sanciones se apliquen de diferente manera) y que en Internet (digamos la “vida real virtual”) opera de la misma manera que en la calle (llamemosle “vida real física”).

(...) conciben que el supuesto culpable podía ser objeto de todo tipo de linchamiento, aún sin estar probada su autoría. No se trata ya de una condena paralela, sino que le despojaron, al menos en su espíritu, de todos los derechos como ser humano.

Ignorantes de la Ley… y adolescentes

Muchos adolescentes no saben que chantajear por email, leer sin permiso los mensajes ajenos, ridiculizar con mentiras a través de una página web, usar la identidad de otra persona en el messenger… se corresponden en lo legal, mejor dicho, en lo ilegal, con nombres de delitos como amenaza con condición, interceptación de comunicaciones, difamación y usurpación de estado civil. Que de los delitos cometidos se deriva una responsabilidad penal (en función de tramos de edad) y una responsabilidad civil en forma, por lo general, de sanción económica por los daños y perjuicios ocasionados.


Adultos con limitaciones importantes

Desconocemos respecto a los adolescentes y sus implicaciones legales en Internet, dos realidades importantes:

* La gran diversidad de delitos que en Internet se pueden llegar a cometer de la manera más simple y su gravedad. Otro ejemplo: robo la contraseña de Messenger de alguien, me hago pasar por él, me entero de cosas privadas y las hago públicas. Tres en uno: interceptación de comunicaciones, usurpación de estado civil y revelación de secretos.
* Las muy diferentes formas en que la misma acción ilegal puede cobrar forma. Tanto es así que, incluso en el improbable caso de conocer las palabras y términos implicados, nos resultaría difícil visualizarlo y mucho más verbalizarlo. Si a esto le unimos el complejo “mundo legal” (ruego en este punto se me disculpen las incorrecciones al respecto, prueba evidente del encabezamiento del párrafo)… ¿estamos preparados para orientar a los menores en esta faceta de su “vida real virtual”?.


Contexto susceptible a los conflictos


Por si fuera poco, esta situación, además, tiende a agravarse por cuanto la Red sigue proporcionando un sustrato adecuado para quienes, de forma consciente o no, realizan conductas impropias:

* sensación de anonimato (“no pueden saber que soy yo”).
* sensación de impunidad (“mucha otra gente lo hace y no parece que les ocurra nada”).
* contenidos de carácter audiovisual cada vez más fáciles y cómodos de crear, transmitir y publicar (ya se pueden subir desde el móvil sin pasar siquiera por el ordenador).
* redes sociales crecientes en número, variedad y adeptos, con abundancia de datos y material gráfico, inviables para cualquier intento de supervisión estricta de las actividades de sus usuarios online.
* herramientas o utilidades de “hacking” cada vez más sofisticadas y al alcance de un mayor número de internautas.
* nuevas formas de delito que se expanden con suma celeridad y mutan incluso antes de que se hayan podido tomar medidas contra las mismas.
* renovadas posibilidades de la Web 2.0, que hacen del internauta un protagonista cada vez más activo e influyente en la creación de contenidos de todo tipo.

La información como necesidad imperiosa

¿Qué se puede hacer? Sí, lo de siempre, educar… empezando en casa con “lo de los límites” y todo eso. Promover valores… bien también… ¿y si empezamos por algo de verdad mucho más sencillo? ¿Por qué no aprendemos los adultos un poquito de eso que les y nos afecta y, de paso, se lo contamos a ellos?.

Concluyo con dos cuestiones:

* Me consta que los adolescentes no saben “de estas cosas”, porque entre otras razones nadie les ha enseñado ni les ha facilitado su acercamiento al asunto, arduo de por sí.
* Creo que si supieran qué es ilegal y qué consecuencias tiene, muchos dejarían de hacer cosas que están haciendo ahora siendo o no conscientes de su ilegalidad.

La apuesta es clara. Aunque a todos nos gustaría una ciudad con los coches bien aparcados por aquello del respeto a los demás (la “ética y la cívica”, que fue una asignatura de algunos en el cole en una determinada época) quizás tengamos que optar de momento por una ciudad con los coches mejor aparcados por unos conductores temerosos de las multas y las sanciones, e informados en consecuencia de en qué lugares está permitido aparcar. No podemos quejarnos de los vehículos mal estacionados si no colocamos de manera visible las señales y damos a conocer las consecuencias de su incumplimiento, esto es, si no facilitamos a los conductores la información que van a tomar en cuenta a la hora de decidir cómo aparcar: dónde se puede y qué pasa si no se hace bien.

Fuente: La evolución de Internet, con nuevas aplicaciones y servicios y un ancho de banda adecuado para los contenidos audiovisuales, ha cambiado el papel de los “navegantes”. Ahora somos protagonistas activos y, como tales, responsables de nuestras acciones y ediciones.

Los ciberdelitos: una nueva realidad

La actualidad cotidiana nos trae sucesos ilícitos que relacionan adolescentes y su actividad online. En muchos casos tienen que ver con el ciberbullying o ciberacoso (amenazas, injurias…) pero hay una abundante y variada casuística: delitos contra la intimidad, estafas, daños por intrusión en sistemas ajenos, distribución de pornografía infantil. Y si es bien cierto que siempre han podido darse conductas ilícitas entre los adolescentes, la forma, disponibilidad, variedad y alcance de las que ahora estamos presenciando poco o nada tienen que ver con realidades anteriores.

Desde su propia habitación pueden cometer un delito grave, incluso sin pretenderlo o sin ser conscientes de ello, en apenas 20 segundos. Por ejemplo, las amenazas que se vertieron en el fotolog del menor supuestamente implicado en el asesinato de la adolescente de Ripollet. Tuve ocasión de acceder a él horas antes de su clausura, como hicieron miles de adolescentes que, soliviantados, cometieron el delito de amenazar, de muerte en muchos casos. Al delito de amenaza le acompañan en este caso dos agravantes: hacerlo por escrito y por un medio que dificulta su identificación. Sacando este mismo comentario en una clase de cuarto de secundaria, pude observar dos cosas:

No les es fácil asimilar que la Ley se aplica en todo lugar y caso, también a los menores, también en la Red. Les cuesta asimilar que las leyes son iguales para los menores y para los mayores (aunque las sanciones se apliquen de diferente manera) y que en Internet (digamos la “vida real virtual”) opera de la misma manera que en la calle (llamemosle “vida real física”).

(...) conciben que el supuesto culpable podía ser objeto de todo tipo de linchamiento, aún sin estar probada su autoría. No se trata ya de una condena paralela, sino que le despojaron, al menos en su espíritu, de todos los derechos como ser humano.

Ignorantes de la Ley… y adolescentes

Muchos adolescentes no saben que chantajear por email, leer sin permiso los mensajes ajenos, ridiculizar con mentiras a través de una página web, usar la identidad de otra persona en el messenger… se corresponden en lo legal, mejor dicho, en lo ilegal, con nombres de delitos como amenaza con condición, interceptación de comunicaciones, difamación y usurpación de estado civil. Que de los delitos cometidos se deriva una responsabilidad penal (en función de tramos de edad) y una responsabilidad civil en forma, por lo general, de sanción económica por los daños y perjuicios ocasionados.


Adultos con limitaciones importantes

Desconocemos respecto a los adolescentes y sus implicaciones legales en Internet, dos realidades importantes:

* La gran diversidad de delitos que en Internet se pueden llegar a cometer de la manera más simple y su gravedad. Otro ejemplo: robo la contraseña de Messenger de alguien, me hago pasar por él, me entero de cosas privadas y las hago públicas. Tres en uno: interceptación de comunicaciones, usurpación de estado civil y revelación de secretos.
* Las muy diferentes formas en que la misma acción ilegal puede cobrar forma. Tanto es así que, incluso en el improbable caso de conocer las palabras y términos implicados, nos resultaría difícil visualizarlo y mucho más verbalizarlo. Si a esto le unimos el complejo “mundo legal” (ruego en este punto se me disculpen las incorrecciones al respecto, prueba evidente del encabezamiento del párrafo)… ¿estamos preparados para orientar a los menores en esta faceta de su “vida real virtual”?.


Contexto susceptible a los conflictos


Por si fuera poco, esta situación, además, tiende a agravarse por cuanto la Red sigue proporcionando un sustrato adecuado para quienes, de forma consciente o no, realizan conductas impropias:

* sensación de anonimato (“no pueden saber que soy yo”).
* sensación de impunidad (“mucha otra gente lo hace y no parece que les ocurra nada”).
* contenidos de carácter audiovisual cada vez más fáciles y cómodos de crear, transmitir y publicar (ya se pueden subir desde el móvil sin pasar siquiera por el ordenador).
* redes sociales crecientes en número, variedad y adeptos, con abundancia de datos y material gráfico, inviables para cualquier intento de supervisión estricta de las actividades de sus usuarios online.
* herramientas o utilidades de “hacking” cada vez más sofisticadas y al alcance de un mayor número de internautas.
* nuevas formas de delito que se expanden con suma celeridad y mutan incluso antes de que se hayan podido tomar medidas contra las mismas.
* renovadas posibilidades de la Web 2.0, que hacen del internauta un protagonista cada vez más activo e influyente en la creación de contenidos de todo tipo.

La información como necesidad imperiosa

¿Qué se puede hacer? Sí, lo de siempre, educar… empezando en casa con “lo de los límites” y todo eso. Promover valores… bien también… ¿y si empezamos por algo de verdad mucho más sencillo? ¿Por qué no aprendemos los adultos un poquito de eso que les y nos afecta y, de paso, se lo contamos a ellos?.

Concluyo con dos cuestiones:

* Me consta que los adolescentes no saben “de estas cosas”, porque entre otras razones nadie les ha enseñado ni les ha facilitado su acercamiento al asunto, arduo de por sí.
* Creo que si supieran qué es ilegal y qué consecuencias tiene, muchos dejarían de hacer cosas que están haciendo ahora siendo o no conscientes de su ilegalidad.

La apuesta es clara. Aunque a todos nos gustaría una ciudad con los coches bien aparcados por aquello del respeto a los demás (la “ética y la cívica”, que fue una asignatura de algunos en el cole en una determinada época) quizás tengamos que optar de momento por una ciudad con los coches mejor aparcados por unos conductores temerosos de las multas y las sanciones, e informados en consecuencia de en qué lugares está permitido aparcar. No podemos quejarnos de los vehículos mal estacionados si no colocamos de manera visible las señales y damos a conocer las consecuencias de su incumplimiento, esto es, si no facilitamos a los conductores la información que van a tomar en cuenta a la hora de decidir cómo aparcar: dónde se puede y qué pasa si no se hace bien.

Fuente: inteco.es